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Auditoria Reglamentaria de PRL

Valore la eficacia de su sistema de prevención de riesgos laborales y detecte los incumplimientos a la normativa.

¿Qué son las auditorías reglamentarias/legales de Prevención de Riesgos Laborales (PRL)?

La auditoría PRL es un instrumento de gestión que persigue reflejar la imagen fiel del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa, valorando su eficacia y detectando las deficiencias que puedan dar lugar a incumplimientos de la normativa vigente para permitir la adopción de decisiones dirigidas a su perfeccionamiento y mejora.

Para realizar la Auditoría Reglamentaría de PRL por una tercera parte independiente, es necesario implementar un Sistema de Gestión efectivo que cumpla con los Requisitos Legales de PRL.

¿Cuándo es necesaria una auditoría reglamentaria de PRL?

Las empresas que no hubieran concertado el Servicio de Prevención con un Servicio de Prevención Ajeno, deberán someter su Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales al control de una auditoria externa. (Ley 31/95 Art. 30.6)

La auditoría de PRL deberá ser repetida cada cuatro años, excepto cuando se realicen actividades incluidas en el Anexo I de este Real Decreto, en que el plazo será de dos años. (R.D. 604/2006 Art. 30.4)

En todo caso, deberá repetirse cuando así lo requiera la autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de los órganos técnicos en materia preventiva de las comunidades autónomas, a la vista de los datos de siniestralidad o de otras circunstancias que pongan de manifiesto la necesidad de revisar los resultados de la última auditoría de Prevención de Riesgos Laborales (R.D. 604/2006 Art. 30.4)

¿En qué consiste la auditoría reglamentaria PRL?

La Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales llevará a cabo un análisis sistemático, documentado y objetivo del sistema de prevención, que incluirá los siguientes elementos:

  1. Comprobar cómo se ha realizado la evaluación inicial y periódica de los riesgos, analizar sus resultados y verificarlos en caso de duda.
  2. Comprobar que el tipo y planificación de las actividades preventivas se ajusta a lo dispuesto en la normativa general, así como a la normativa sobre riesgos específicos que sea de aplicación, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación.
  3. Analizar la adecuación entre los procedimientos y medios requeridos para realizar las actividades preventivas necesarias y los recursos de que dispone el empresario, propios o concertados, teniendo en cuenta, además, el modo en que están organizados o coordinados, en su caso. A estos efectos se ponderará el grado de integración de la prevención en la dirección de la empresa, en los cambios de equipos, productos y organización de la empresa, en el mantenimiento de instalaciones o equipos y en la supervisión de actividades potencialmente peligrosas, entre otros aspectos
  4. En función de todo lo anterior, valorar la integración de la prevención en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, mediante la implantación y aplicación del Plan de prevención de riesgos laborales, y valorar la eficacia del sistema de prevención para prevenir, identificar, evaluar, corregir y controlar los riesgos laborales en todas las fases de actividad de la empresa.

¿Es obligatoria la Auditoria de PRL?

La Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales es obligatoria para aquellas organizaciones que desarrollen parcial o totalmente actividades preventivas con medios propios. Sin embargo, cualquier empresa puede realizar voluntariamente una auditoría PRL.

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